
El programa provincial fue ternado en la categoría Cobertura de valor. La iniciativa tiene como objetivo acercar servicios médicos de calidad a todos los cordobeses, sin importar su lugar de residencia ni su tipo de cobertura.


"Si el dolor no prescribe, tampoco debe prescribir la posibilidad de denunciar y la sanción”, enfatizó el juez. Las víctimas lograron denunciar en 2019, tras un extenso tratamiento psicológico.
General07/12/2023
El Juzgado de Control y Faltas de Bell Ville confirmó la elevación a juicio una causa penal en contra de un hombre acusado de abusar sexualmente de dos niñas que, a la fecha de los hechos, tenían seis y siete años, respectivamente. Las víctimas lograron denunciar los hechos recién en 2019, luego de un extenso tratamiento psicológico. Los abusos habrían comenzado en 1997 y se habrían extendido hasta el año 2000.
En la resolución, el juez Luis María Werlen Zbrun precisó: “Si el dolor no prescribe, no se extingue, tampoco debe prescribir ni debe extinguirse por el paso del tiempo, la posibilidad de denunciar en búsqueda de la verdad y la sanción de quienes fueron los causantes de dichas secuelas psicológicas en las personas de las víctimas, máxime cuando son menores”.
En un extenso análisis, el juez admitió que la Ley de Respeto a la Temporalidad de las Víctimas (Ley 27.206), sancionada en 2015, que modificó a la ley Piazza, fue un gran avance para la problemática de la prescripción de los delitos de abuso sexual infantil. Sin embargo, expresó que es necesario adecuar la legislación existente hacia la eliminación de plazos para denunciar. Al respecto, agregó que el Estado no le puede imponer a las víctimas un término para denunciar estos hechos, puesto que, si el dolor no prescribe ante el daño psicológico causado, tampoco pueden prescribir este tipo de delitos.
Asimismo, precisó que, conforme a las convenciones internacionales y al Código Procesal Penal de Córdoba, el plazo de duración del proceso para este tipo de hechos recién comienza cuando un órgano judicial notifica formalmente de la imputación al presunto autor. Por ello, consideró que juzgar los delitos atribuidos al imputado no viola la garantía del plazo razonable, ya que el imputado fue intimado de los hechos de manera formal recién el 30/6/2022.
Según la acusación, el imputado cometía los abusos contra las dos niñas cuando su pareja –madre de una de ellas- se iba a trabajar, en horario comercial. En algunas oportunidades, también hizo participar de los hechos otros menores de edad. Asimismo, se comprobó que el presunto autor les hacía ver videos de contenido erótico y recrear dichas imágenes de manera explícita.
En este sentido, el magistrado incluyó en la resolución a todas las víctimas involucradas en el caso, sin distinción de la edad que tenían en el momento de los hechos.
El juez Werlen Zbrun expuso que, en el expediente, existe un importante cúmulo de indicios y pruebas que demuestran que los abusos existieron. También señaló que las pericias oficiales se expidieron sobre la veracidad del relato de la víctima y la existencia de indicadores de haber sufrido hechos de abuso sexual.
Al respecto, el magistrado puntualizó: “Los elementos probatorios necesarios para acreditar los abusos sexuales pueden recabarse a pesar de la distancia temporal. Por ejemplo, el relato de las víctimas y sobrevivientes se obtiene con la denuncia, los testimonios y las pericias psicológicas. Dicho relato se completa con las declaraciones de los/as testigos/as, aquellas personas que pudieron haber visto, escuchado o a quienes las víctimas les contaron lo ocurrido. Sus recuerdos constituyen una prueba válida y se acompañan con pruebas documentales e informativas”.
En consecuencia, en la resolución se rechazó la oposición planteada por la defensa, en coincidencia con los fundamentos del Ministerio Público Fiscal.
Finalmente, el juez consideró que los hechos atribuidos al imputado habrían ocurrido cuando las víctimas, M. A. F. y V. M. C., eran solo unas niñas y en el marco de una “relación de subordinación, en la cual el imputado ocupaba una posición de superioridad hacia ellas que limitaba o anulaba la capacidad de las niñas para prevenir, resistir, hacer cesar, sobreponerse y denunciar esos ataques sexuales a las que sometía”. En consecuencia, los hechos habrían sido cometidos en un contexto de violencia familiar y de género.

El programa provincial fue ternado en la categoría Cobertura de valor. La iniciativa tiene como objetivo acercar servicios médicos de calidad a todos los cordobeses, sin importar su lugar de residencia ni su tipo de cobertura.

La autorización y fiscalización de este tipo de armas, queda bajo el ámbito exclusivo del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad.

El informe fue presentado por la Comisión Arquidiocesana de Cuidado de las Víctimas y Prevención de Abusos.

Será a través de una subasta online.

Previo se deberá cursar la «Tecnicatura en Seguridad y Abordaje del Narcomenudeo.

5.000 personas que se vincularon con las empresas y cumplen con los requisitos serán notificadas y podrán iniciar con los entrenamientos laborales. 700 trabajadores fueron registrados en la modalidad relación de dependencia y ya tienen un empleo formal. Las inscripciones siguen abiertas para postulantes y empresas.

Será por 72 horas.

El conductor se habría retirado del lugar antes de que llegaran los efectivos y la ambulancia.

Fue sustraído el día martes.

Como es habitual, en el lugar de alojamientos de los adultos mayores, festejan un nuevo aniversario de nacimiento. Además vivieron el Dia de la Tradición con una gran fiesta.

La información surge del Mapa de Arsénico, realizado por el Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) para monitorear la presencia de arsénico en el agua de diversas regiones del país. Sostienen que la ingesta sostenida en el tiempo de aguas contaminadas incrementa el riesgo de padecer un cuadro clínico tipificado como Hidroarsenicismo Crónico Regional Endémico (HACRE).