
Destruyeron 7700 armas secuestradas en investigaciones judiciales del año 2019 o anteriores
Policiales12/05/2025Se exceptuó la devastación de aquellas armas de calibre 9 milímetros; 12.70 y 38 SP, por su eventual afectación a fuerzas de seguridad.
La creadora del grupo tiene 13 años y los administradores entre 13 y 14.
Policiales11/06/2024La Fiscalía de delitos contra la integridad sexual del primer turno, a cargo de Juan Ávila Echenique, realizó siete allanamientos en Córdoba y Río Ceballos en el marco de la causa en la que investigaba la distribución de imágenes sexuales en las que participarían menores de edad en un grupo de WhatsApp que se expandió por distintas zonas de la ciudad y fundamentalmente alumnos de establecimientos educativos.
Los procedimientos revelaron que la creadora del grupo era una menor de 13 años, y que los administradores eran todos menores de entre 13 y 14 años, entre ellos la mencionada creadora del grupo. Se pudo confirmar que no hay mayores involucrados y que de los allanamientos realizados se recabó elementos de prueba que dan cuenta del contenido mencionado.
En consecuencia la Fiscalía girará la causa al fuero penal juvenil. El tema había sido motivo de preocupación de algunos padres que acudieron a dependencias de la fiscalía. De acuerdo a lo establecido el objetivo de los menores involucrados era llegar a los 1500 seguidores.
Se exceptuó la devastación de aquellas armas de calibre 9 milímetros; 12.70 y 38 SP, por su eventual afectación a fuerzas de seguridad.
Uno de ellos menor de edad.
El propietario la había dejado con la llave colocada.
Ocurrió en una vivienda de Río Cuarto. Había 150 personas.
Se determinó que la moto fue robada minutos antes de un domicilio.
El propietario la había dejado con la llave colocada.
En función de la multiplicidad de personas afectadas, los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos ante la sindicatura hasta el 11 de noviembre de 2025.
Fue en jurisdicción de Saturnino María Laspiur
La ordenanza lleva por título, NULIDAD DE PRIVILEGIO EN EL INGRESO A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL