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title: "El Gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Retiro Voluntario para empleados públicos"
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description: "La medida quedó oficializada a través del Decreto 1203/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial."
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# El Gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Retiro Voluntario para empleados públicos

Buenos Aires, 19 octubre (NA) -- **El Gobierno aprobó un**[**nuevo Régimen de Retiro Voluntario para empleados públicos**](https://noticiasargentinas.com/economia/el-gobierno-aprobo-un-nuevo-regimen-de-retiro-voluntario-para-empleados-publicos-nacionales_a6ad5ea07faec012154bb26d4)**, el cual establece tres grupos de beneficiarios y diferentes modalidades de compensación económica.**

La medida quedó oficializada a través del Decreto 1203/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

#### **Quiénes pueden adherirse al nuevo Régimen de Retiro Voluntario:**

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, **el régimen establece tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica:**

- El primer grupo comprende a**mujeres de 58 años en adelante y a hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes** para acceder a la jubilación ordinaria. En este caso, podrán elegir entre dos alternativas: **Cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses** o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero**; o percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad**o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones y sin superar el equivalente a los meses restantes para reunir los requisitos jubilatorios.
- El segundo grupo incluye a **mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios**y, en estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. Además, se abonará una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
- El tercer grupo lo integran **mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años** y la gratificación será de**un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones.**Además, recibirán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, mientras que aquellos con 15 años o más percibirán cinco remuneraciones adicionales.

#### **Quiénes no pueden adherirse al nuevo Régimen de Retiro Voluntario:**

- Personal que se encuentre **procesado por delitos contra la Administración Pública Nacional.**
- Personal sometido a**sumario administrativo en trámite** en el que se investiguen hechos pasibles de las sanciones de cesantía o exoneración previstas en los artículos 32 y 33 del Anexo de la Ley N° 25.164, o hechos atribuidos a su conducta que pudieran haber ocasionado un perjuicio fiscal, de conformidad con lo que informen el titular de la unidad de sumarios del organismo en que tramite el sumario y el servicio jurídico permanente.
- Empleados que tengan **pendiente de ejecución el procedimiento para determinar alguna medida disciplinaria** que pueda constituir una causal de cesantía o exoneración.
- Personal que haya iniciado un **reclamo administrativo o acciones judiciales**contra la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada o demás organismos en los que el Estado Nacional sea parte, con motivo de su relación laboral, salvo que desista voluntariamente del proceso.
- Trabajadores que hayan**iniciado los trámites para el otorgamiento de la jubilación ordinaria, retiro por invalidez, o prestación por edad avanzada**u otra prestación equivalente nacional, provincial o a cargo de Cajas Profesionales.
- Empleados que **cumplan con los requisitos para el acceso al beneficio previsional**de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N° 24.241.
- Personal **que haya presentado su renuncia al cargo y esta esté pendiente de aceptación.**
- Personal**que haya sido puesto en situación de disponibilidad** durante la vigencia del presente.

#### **Fechas de inscripción**

Personal de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional Centralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo **podrán inscribirse del 1 al 30 de noviembre de 2026, con una posibilidad de prórroga única de hasta 30 días.**

Agencia NA

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