Condenan a prisión perpetua a la enfermera Brenda Agüero por muerte de bebés en Hospital Neonatal

También fue condenada la exdirectora del nosocomio, Liliana Asís. En tanto, el tribunal, conformado por jurados populares, absolvió por mayoría al exministro de Salud, Diego Cardozo.

Judiciales 20/06/2025
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Por mayoría, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 7° Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada con jurados populares, condenó con pena de prisión perpetua a la enfermera Brenda Agüero. Fue considerada autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado, cinco hechos; y tentativa de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado, ocho hechos. 


La sentencia, en cambio, absolvió -por mayoría- al exministro de Salud de la Provincia, Diego Cardozo, quien había sido acusado por los delitos de encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor. 


Asimismo, el tribunal condenó -por mayoría- a la exdirectora del Hospital Materno Neonatal, Liliana Asís, por el delito de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia, doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público. En consecuencia, se le impuso para su tratamiento penitenciario una pena de cinco años y cuatro meses de prisión. 


A continuación, se transcriben las absoluciones y condenas. El veredicto completo puede consultarse en el enlace “archivos adjuntos” al pie de la nota.


- Absolver, por unanimidad, a Alicia Beatriz Ariza del hecho calificado legalmente como de omisión de deberes de funcionario público.


- Absolver, por unanimidad, a María Alejandra Luján del hecho calificado legalmente como omisión de deberes de funcionario público en concurso real con falsedad ideológica.


- Absolver, por unanimidad, a Claudia Elizabeth Ringelheim del hecho calificado legalmente como omisión de deberes de funcionario público.


- Absolver, por unanimidad, a Alejandro Gabriel Gauto del hecho calificado legalmente como encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.


- Absolver, por mayoría, a Diego Hernán Cardozo del hecho calificado legalmente como como encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor. 


- Condenar, por mayoría, a Brenda Cecilia Agüero como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado; y homicidio calificado por procedimiento insidioso en grado de tentativa, reiterado; imponiéndole la pena de prisión perpetua.  


- Condenar, por mayoría, a Elizabeth Liliana Asís como coautora penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.


- Condenar, por mayoría, a Martha Elena Gómez Flores como autora penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica, en concurso real con encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, concursado este último idealmente con falsedad ideológica, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautora; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público, accesorias de ley y el pago de las costas procesales.     


- Condenar, por mayoría, a Adriana Luisa Moralez como coautora penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.     


- Condenar, por mayoría, a Julio Alejandro Tomás Escudero Salama como coautor penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de  cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.     


- Condenar, por mayoría, a Pablo Miguel Carvajal como coautor penalmente responsable  de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cuatro años de prisión y tres años y seis meses de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.     

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